Diferencias entre la cuota mortuoria AFP e IPS en Chile
La cuota mortuoria es un beneficio estatal o previsional que ayuda a cubrir los costos que genera el funeral de un ser querido en Chile. Este apoyo puede variar según el sistema previsional al que estuviera afiliada la persona fallecida: AFP o Instituto de Previsión Social (IPS). A continuación, se explica de manera clara y sencilla cómo funcionan ambos beneficios.
Cuota mortuoria para afiliados a AFP
- Monto máximo: Hasta 15 UF (Unidades de Fomento).
- Requisitos: Se entrega si la persona contaba con saldo en su cuenta de ahorro previsional o recibía alguna pensión, ya sea de vejez, invalidez o sobrevivencia.
- Solicitantes: Puede ser solicitada por familiares directos o por la persona que haya pagado los gastos funerarios.
- Forma de pago: El monto se paga directamente a la funeraria o al solicitante, previa presentación de boletas o facturas que acrediten los costos.
- Importante: En caso de que el saldo en la cuenta sea inferior a 15 UF, se otorgará únicamente el monto disponible de la cuenta. Si hay un déficit, el Estado puede cubrir la diferencia para completar el total del beneficio AFP
.
Cuota mortuoria para pensionados del IPS
- Monto máximo: Hasta 3 ingresos mínimos mensuales.
- Requisitos: Aplica para pensionados del ex Instituto Nacional de Previsión (INP), beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y otros regímenes propios del IPS.
- Quién la puede solicitar: Puede ser solicitada por los familiares o por quien haya efectuado el pago del servicio funerario, siempre que se presenten los comprobantes correspondientes.
- Pago: Se realiza mediante depósito al solicitante luego de que se entreguen todos los documentos requeridos para el trámite.
- Importante: Este beneficio lo financia directamente el Estado y no depende de ahorros personales o cuentas previsionales del fallecido IPS
.
¿Cómo solicitar la cuota mortuoria?
- Reunir la documentación necesaria: certificado de defunción, facturas o boletas del servicio funerario y la cédula de identidad del solicitante.
- Dirigirse a la entidad correspondiente según el caso: AFP o ChileAtiende para trámites relacionados con el IPS.
- Hacer la solicitud, que puede ser presencial o en línea dependiendo de la institución.
- Una vez aprobado, se recibe el monto del beneficio.
¿Cuál cuota mortuoria me corresponde?
La diferencia principal radica en el sistema previsional al que pertenecía el fallecido. Si estaba afiliado a una AFP, el beneficio podrá ser de hasta 15 UF, condicionado al saldo que tuviera en su cuenta. En cambio, si era pensionado del IPS o pertenecía a sistemas previsionales anteriores, el monto será equivalente a hasta 3 ingresos mínimos mensuales cuota mortuoria AFP, cuota mortuoria IPS
En Funeraria San Ignacio, estamos disponibles para orientarte y facilitarte el acceso a este beneficio, ayudándote a gestionar todos los trámites de manera rápida y sencilla.